Preguntas Frecuentes
Emisión de Obligaciones

Es un mecanismo mediante el cual una empresa obtiene financiamiento a través del mercado de valores, emitiendo títulos de deuda (obligaciones) que los inversionistas compran a cambio de un rendimiento.

La empresa debe estar legalmente constituida, contar con estados financieros auditados, demostrar solvencia económica, y presentar una estructura de emisión que sea aprobada por la Bolsa y registrada ante la Superintendencia.

El proceso completo puede tomar entre 6 a 10 semanas, dependiendo de la complejidad de la estructura y la rapidez con la que se reúnan los requisitos.

No existe un monto mínimo legal, pero generalmente las emisiones comienzan desde los $500.000 en adelante para que sea financieramente viable.

La tasa depende del perfil de riesgo de la empresa, el plazo, el tipo de garantía, y las condiciones del mercado. Puede ser fija o variable.

Las emisiones pueden ser:

    • Quirografarias: sin garantía específica.
    • Garantizadas: respaldadas por activos, fideicomisos u otros mecanismos.
    • Mejores tasas a mediano y largo plazo
    • Imagen institucional fortalecida
    • Diversificación de fuentes de financiamiento
    • Acceso directo a inversionistas institucionales

Actuamos como estructurador y casa de valores intermediaria. Acompañamos en todo el proceso: desde la evaluación inicial, la estructuración financiera, la obtención de aprobaciones y la colocación en el mercado.

La tasa de interés que se ofrece a los inversionistas en una emisión depende de varios factores clave que reflejan el riesgo y la rentabilidad esperada de la operación. Estos son los principales elementos que se evalúan:

  1. Perfil de riesgo de la empresa emisora
    Empresas con buen historial financiero, baja carga de deuda y flujos de ingresos estables pueden acceder a tasas más competitivas.
  2. Plazo de la emisión
    A mayor plazo, mayor suele ser la tasa exigida por los inversionistas, ya que se incrementa el riesgo de incertidumbre.
  3. Tipo y calidad de la garantía
    Emisiones con garantías sólidas (por ejemplo, fideicomisos, bienes inmuebles o flujos específicos) suelen tener tasas más bajas. Las emisiones quirografarias (sin garantía específica) suelen pagar una prima de riesgo mayor.
  4. Condiciones del mercado
    La tasa también se alinea con los niveles de tasas de referencia (como la tasa pasiva bancaria promedio o bonos del Estado) y la liquidez disponible en el mercado.
  5. Clasificación de riesgo
    Las emisiones deben contar con una calificación de riesgo otorgada por una calificadora autorizada. Una mejor calificación reduce el riesgo percibido y mejora las condiciones de tasa.
  6. Demanda esperada por los inversionistas
    En el proceso de roadshow y colocación, se recogen intenciones de compra que ayudan a definir la tasa definitiva de mercado. Si hay alta demanda, la tasa puede ajustarse a la baja.
  7. Estructura de la emisión
    Incluye periodicidad de pagos, amortización total o parcial, período de gracia, entre otros aspectos. Una estructura atractiva para el inversionista puede permitir mejorar la tasa.

Preguntas Frecuentes
Emisión de Papel Comercial

Es un título valor de corto plazo (30 a 360 días) que representa una deuda de una empresa. Permite obtener liquidez inmediata mediante la colocación en el mercado bursátil.

Empresas no financieras, legalmente constituidas y con solvencia económica comprobable. Las entidades financieras no están autorizadas a emitir papel comercial.

Realizar una diligencia debida con la Casa de Valores, donde se evalúa la salud financiera y el flujo de caja de la empresa para validar la viabilidad de la emisión.

Sí. La emisión debe ser autorizada por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS). No aplica la Superintendencia de Bancos ni la SEPS, ya que las entidades bajo su control no pueden emitir este tipo de instrumento.

Se recomienda un monto mínimo de US$ 2.000.000 para cubrir los costos de estructuración, inscripción y colocación, y garantizar una operación rentable.

    • Estructuración financiera y legal
    • Calificación de riesgo (opcional en algunos casos)
    • Inscripción en el Catastro público
    • Inscripción en el registro de la Bolsa de Valores
    • Comisión de bolsa
    • Comisión del agente colocador (Casa de Valores)

Depende de varios factores:

    • Perfil de riesgo del emisor
    • Plazo del instrumento
    • Condiciones del mercado
    • Existencia de garantía (si aplica)
    • Oferta y demanda al momento de la colocación
    • Liquidez inmediata
    • Costos competitivos
    • Mayor flexibilidad
    • Acceso a inversionistas institucionales
    • Mejora del perfil de crédito de la empresa

Sí. El papel puede ser quirografario (sin garantía específica), aunque agregar garantía (como un fideicomiso) puede mejorar la tasa de colocación.

Actuamos como asesor financiero, estructurador y agente colocador, acompañando a la empresa desde la planificación hasta la colocación efectiva del papel comercial en el mercado.

Preguntas Frecuentes
Titularización de Cartera

Es un proceso mediante el cual una empresa convierte sus cuentas por cobrar (como créditos, facturas, contratos, etc.) en títulos valores negociables en el mercado bursátil. En definitiva es un negocio fiduciario que le permite a la entidad financiera o compañía generar un activo fuera de balance del cual se podrá obtener algún tipo de rentabilidad.

Cualquier flujo de ingresos predecible:

    • Créditos hipotecarios
    • Préstamos comerciales o de consumo
    • Cuentas por cobrar
    • Facturas comerciales
    • Contratos de arrendamiento
    • Obtiene liquidez inmediata sin endeudamiento
    • Libera capital para reinversión
    • Diversifica sus fuentes de financiamiento
    • Mejora su perfil financiero

Empresas con activos recurrentes y cobrables. Las entidades financieras también pueden titularizar, especialmente instituciones como cooperativas, bancos o compañías de financiamiento.

El primer paso es realizar una diligencia debida junto con la Casa de Valores, para evaluar la calidad y comportamiento histórico de la cartera que se desea titularizar.

Sí. La titularización debe ser autorizada por la Superintendencia correspondiente, según el tipo de empresa:

    • Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS)
    • SEPS (para cooperativas)
    • Superintendencia de Bancos (para entidades bancarias)
    • Estructuración financiera y legal
    • Auditoría de la cartera
    • Calificación de riesgo
    • Constitución del fideicomiso
    • Inscripción en Bolsa y Catastro
    • Comisiones de bolsa y agente colocador

Es el vehículo mediante el cual se transfieren los derechos de cobro y se emiten los títulos. El fideicomiso protege a los inversionistas y da seguridad jurídica al proceso.

Equity actúa como estructurador financiero, asesor estratégico y agente colocador. Acompañamos a la empresa desde la evaluación de cartera hasta la emisión de los valores en bolsa.

Muy atractivo, ya que suele tener:

  • Tasas competitivas
  • Flujo de pagos predecible
  • Estructuras respaldadas por activos
  • Calificación de riesgo visible